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Demanda de contrato de compraventa - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, en base a su art. 1.446, que el pago de la venta sea la entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que establece que sea cierto, esto es, que quede perfectamente demarcado y reflejado en el documento, exigiendo para ello que el valor sea pactado, no pudiéndose obligar de forma unilateral por ninguna de las partes implicadas.
Así pues, una parte clave del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el coste, a pesar de que no hayan sido entregados.
Actualmente, hay múltiples contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Demanda de contrato de compraventa - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las tareas que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son extensas y, en la mayoría de los casos, complicadas:
- Primeramente, se debe obtener información registral de la vivienda, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se ubique la misma que nos informe en qué circunstancias se encuentra la propiedad: exenta de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi práctica imprescindible antes de proceder a concretar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se reflejen condiciones acordadas entre vendedor y comprador, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y comunicar al cliente qué clase de gastos van a derivarse, excluyéndose de estos, por supuesto, el propio precio de la vivienda. Una de las funciones desarrolladas por los abogados se basa también en redactar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos encargamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y lograr, en multitud de ocasiones, que se respeten los fines fijados en lo que respecta a conseguir el precio buscado a cambio de la vivienda cuando queremos vender o conseguir una reducción en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de comprobar si las partes se encuentran en condiciones para realizar la venta o transmisión de la vivienda, ya que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no impone la legilsación actual a formalizar los contratos de compraventa en un notario, aunque lógicamente, es muy aconsejable. Esto es, Pedro puede vender a Manuel su casa mediante un contrato formalizado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y por supuesto, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar perjuicios en un futuro.
Demanda de contrato de compraventa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Dada nuestra profesión, sabemos que los problemas legales que pueden perjudicar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más mínimo contratiempo no previsto, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes financieramente como en situación de compraventa de viviendas, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una vivienda.
Es cierto que tenemos la posibilidad de postergar el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la vivienda: en ese momento, tendríamos que empezar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y oriente sobre los pasos a seguir: obtención de información registral, acuerdo para el intercambio de pareceres acerca del coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de señal.
Sin embargo, y a pesar de nuestros asesoramiento, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos totalmente acostumbrados a trabajar en situaciones en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que este artículo os ayude a entender en qué se basan los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.